10. REQUISITOS DEL GRUPO REGISTRADO DE CONTROL
Grupo Registrado de Control
El Grupo Registrado de Control (RTP, por sus siglas en inglés) es el grupo de esgrimistas de mayor prioridad establecido por separado a nivel internacional por la Federación Internacional de Esgrima y a nivel nacional por las Organizaciones Nacionales Antidopaje.
Los esgrimistas incluidos en el RTP de la FIE se someten a pruebas tanto durante la competencia como fuera de competencia como parte de la planificación de la distribución de los controles de la FIE y, por lo tanto, se les exige que proporcionen información sobre su localización, tal como se indica en el art. 5.5 del Código (Información sobre la localización de un Deportista) y en el Estándar Internacional para Controles e Investigaciones.
La FIE actualiza la composición del RTP de forma regular. Los esgrimistas se incluyen en el RTP en función de un conjunto de criterios y la Agencia Internacional de Pruebas notifica su inclusión.
La inclusión en el RTP se realiza a través de la carta de inclusión de la FIE. Este documento contiene toda la información clave, los plazos y las responsabilidades del esgrimista en lo que se refiere a las obligaciones del RTP de los esgrimistas.
Requisitos de información sobre la localización
Los esgrimistas del RTP deben proporcionar regularmente información sobre su localización e información de contacto en ADAMS, el sistema de administración y gestión antidopaje en línea de la AMA. Esta información ayuda a las organizaciones antidopaje a planificar controles fuera de competencia.
Los requisitos de información sobre la localización son, entre otros:
- Una dirección postal y un número de teléfono actualizados
- Un intervalo de tiempo específico diario de 60 minutos entre las 5:00 y las 23:00 cuando el esgrimista está disponible y accesible para la realización de controles
- Alojamiento del esgrimista para cada día
- Información sobre actividades regulares y de entrenamiento que forman parte de la rutina habitual del esgrimista (entrenamiento en el gimnasio, sesiones regulares de fisio, escuela, trabajo, etc.)
- Programa de competencia, formación y viajes
- Cualquier información adicional relevante que ayude al agente de control del dopaje a localizar al esgrimista (p. ej., número del zumbador o indicaciones para llegar a una ubicación remota)
El envío de información tardía, imprecisa o incompleta sobre su localización que lleve a que un esgrimista no esté disponible para un control puede derivar en un incumplimiento del deber de proporcionar datos de localización.
Un esgrimista puede recibir un incumplimiento de la obligación de presentarse a un control si no está disponible para la prueba durante el intervalo de tiempo de 60 minutos indicado en ADAMS. Tres incumplimientos del deber de proporcionar datos de localización (cualquier combinación de incumplimiento de la obligación de someterse a controles y del deber de proporcionar datos de localización) que se produzcan en un plazo de 12 meses darán lugar a una Infracción de las Reglas Antidopaje y a una posible exclusión de dos años del deporte. Es importante tener en cuenta que, bajo el principio de responsabilidad objetiva, el esgrimista sigue siendo responsable de la información presentada, incluso si ha delegado esta tarea a un miembro de su equipo de apoyo.
A continuación se muestran algunos consejos útiles sobre la localización de los esgrimistas:
- Establecer un recordatorio en el calendario de las fechas y plazos clave para presentar información trimestral sobre su localización
- Establecer una alarma para el inicio del intervalo de tiempo de 60 minutos
- Ser lo más específico posible al presentar la información sobre su localización
- En caso de duda, solicite ayuda a través de fie@ita.sport o del Centro de ayuda de ADAMS
- Utilizar la aplicación Athlete Central para presentar la información sobre su localización en un dispositivo móvil
Retirada y regreso a la competencia
Todos los esgrimistas de nivel internacional que decidan retirarse de la competencia deben informar a la FIE y a la ITA de que se retiran de la competencia internacional y nacional, y se les proporcionará un formulario de retirada para que lo rellenen.
Si un esgrimista del RTP se retira y luego desea reanudar la competencia, no competirá en Eventos Internacionales o Eventos Nacionales hasta que se haya ofrecido para la realización de controles, mediante notificación por escrito con seis meses de antelación a la FIE y a su ONAD(Artículo 5.7.1 del Reglamento antidopaje de 2021 de la FIE).